Top

Clausuran obras municipales en Jocotepec; piden acciones ante la pesca furtiva en Chapala

Jocotepec, Jalisco. 24 de enero de 2025.- La   reciente clausura de obras al gobierno municipal de Jocotepec por el depósito de escombro en el lago de Chapala  fue bien recibida por varios sectores involucrados en el lago más grande del país que esperan que la federación se involucre en  poner orden donde se requiere. 

Un tema pendiente es la pesca clandestina que no respeta vedas y que utiliza artes de pesca prohibidas , como las llamadas mangueadoras que traen consigo la depredación de especies que se cultivan, como la tilapia y el bagre, lo que afecta a pescadores que sí respetan el marco legal de la captura.    

En este tema se presume una confabulación de intereses entre algunas  cooperativas  pesqueras y comerciantes, además de servidores públicos.

Y es que en atención a la información difundida en medios de comunicación y redes sociales, en la que se observa que camiones de carga arrojan escombros a un predio próximo al Lago de Chapala, que es zona federal, tanto la Semarnat como la Profepa dieron atención al tema, a partir de sus respectivas facultades.

Inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en Jalisco (PROFEPA) impusieron una clausura parcial temporal a un predio pegado al Lago de Chapala, ubicado en San Juan Cosalá, en el municipio de Jocotepec, que estaba siendo utilizado como sitio de relleno de residuos de manejo especial (escombros).

En un comunicado la PROFEPA informó que el 22 de enero, su personal competente realizó una visita de inspección y vigilancia en materia de impacto ambiental, encontrando el lugar referido relleno con escombros pese a ser una zona federal, por lo que, por principio precautorio y por el impacto que genera el rellenar con escombros una zona federal pegada al Lago, se determinó imponer como medida de seguridad la clausura parcial temporal.

Asimismo, la Semarnat dio a conocer que la autoridad municipal de Jocotepec no cuenta con permiso ambiental por parte de la dependencia para realizar obra civil en el predio citado.

La Secretaría explicó que, en 2019, la Cooperativa S.C.P.P. Lagunas de Cosalá S.C. de R.L. solicitó un permiso para rehabilitar un área recreativa sin fines de lucro en el Lago de Chapala, sobre el malecón San Juan Cosalá, actividad que no implicaba la remoción de vegetación ni la realización de obra civil en la zona federal.

FUNDAMENTE LEGAL DE LA CLASURA

Al respecto, la autoridad ambiental respondió que por las características descritas no requerían presentar una Manifestación de Impacto Ambiental. Sin embargo, la obra que se está llevando a cabo y en particular el relleno del Lago con cascajo y escombros sí representan una violación a la ley ambiental y en ningún momento fueron autorizadas.

En el artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y artículo 5 de su Reglamento en materia de la Evaluación el Impacto Ambiental, se establecen de manera general los sectores cuyas obras o actividades requieren previa autorización a su realización en materia de impacto ambiental por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, entre las que se encuentran las siguientes:

I.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos. Incluye obras para el depósito o relleno con materiales para ganar terreno al mar o a otros cuerpos de aguas nacionales como el Lago de Chapala.

X.- Obras y actividades en humedales, ecosistemas costeros, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales. En el caso de actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias se estará a lo dispuesto por la fracción XII de este artículo.

XIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos de de competencia federal, que puedan causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente.

Aunado a lo anterior, el Lago de Chapala es un humedal catalogado como un sitio Ramsar desde el 02 de febrero de 2009, dada su importancia ecológica internacional, situación que imprime mayor atención y protección a este cuerpo lagunar, desde los tres niveles de gobierno

La autoridad ambiental dará seguimiento al caso e informará de manera oportuna en caso de que así se requiera.

MÁS EN BRUNOTICIAS

Esta y más información puede leerla, verla o escúchela en BRUNOTICIAS. Síganos en Facebook @Brunoticias. Nuestro Twitter @brunoticiass. En el Instagram @brunoticiass, o bien puede suscribirse al canal de YouTube Brunoticias. Escuche nuestro Podcast Brunoticias en SpotifyApple Podcast o Google Podcast