Amparo judicial ordena acciones por la contaminación del Río Lerma en La Piedad
La Piedad, Michoacán. 16 de febrero de 2026.- Un Tribunal Federal ordenó a autoridades de los tres niveles de gobierno impulsar acciones para el saneamiento y preservación del Río Lerma en su paso por La Piedad, luego de conceder un amparo a una ciudadana que denunció omisiones frente a la contaminación del afluente.
La resolución corresponde al amparo en revisión 63/2023 del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, con sede en Morelia, que revocó una decisión previa de un Juzgado de Distrito que había sobreseído el caso.
El origen del juicio
El amparo fue promovido en 2021 por una habitante de La Piedad, quien señaló que diversas autoridades federales, estatales y municipales no han actuado de manera suficiente para sanear el río ni para atender riesgos ambientales y de salud asociados a la contaminación.
En su demanda planteó posibles afectaciones a derechos humanos como el derecho a un medio ambiente sano y el derecho a la salud.
Reconocen contaminación documentada
En su análisis, el Tribunal retomó estudios académicos, tesis universitarias y material técnico donde se describe la contaminación del Lerma en su tramo por La Piedad y zonas colindantes.
Entre los problemas señalados en esas investigaciones se mencionan descargas residuales, presencia de desechos sólidos, malos olores y proliferación de mosquitos en áreas cercanas al cauce.
También se citan estudios que, en distintos momentos, han vinculado etapas de alta contaminación con padecimientos gastrointestinales, hepatitis, fiebre tifoidea y problemas respiratorios en poblaciones cercanas al río.
El órgano judicial consideró que el deterioro ambiental del Lerma en la región ha sido ampliamente documentado.
La inacción también puede violar derechos
Uno de los criterios centrales del fallo es que la inactividad de las autoridades puede traducirse en violaciones a derechos humanos cuando permite que continúe el deterioro ambiental.
Bajo esa lógica, el Tribunal sostuvo que las omisiones en materia ambiental pueden reclamarse vía amparo cuando impactan derechos fundamentales.
Qué ordena la sentencia
La resolución no detalla obras específicas, pero sí establece que deben impulsarse acciones orientadas a:
- Preservar el Río Lerma
- Avanzar en su saneamiento en el tramo de La Piedad
- Promover un uso y suministro sustentable del agua
Además, instruye al Juzgado de Distrito a dar seguimiento al cumplimiento mediante informes y verificación de medidas adoptadas por las autoridades competentes.
Un problema de años
La propia sentencia reconoce que la problemática del Lerma no es reciente. Desde hace décadas existen estudios, diagnósticos y propuestas de infraestructura para mejorar la calidad del agua en la cuenca.
Aun así, la contaminación del río continúa siendo señalada en análisis técnicos y por habitantes de la región.
Lo que sigue
Con esta resolución, el tema pasa al terreno del cumplimiento judicial. El foco ahora estará en qué acciones concretas se implementan, qué dependencias asumen responsabilidades y si se asignan recursos para atender el saneamiento.
Para La Piedad, donde el Lerma forma parte del entorno urbano e histórico del municipio, la aplicación de esta sentencia podría marcar un punto de referencia en la atención de un problema ambiental de larga data.

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